¿Cuáles son las obras protegidas?

[Derechos Reservados ©, 2010] - El objeto del derecho de autor son las obras producto de la creatividad del cerebro humano, como expresión de una idea creativa -literaria, artística, musical- con características de originalidad, susceptibles de ser divulgadas o reproducidas por cualquier medio o procedimiento, sin que sean relevantes para tal protección el género, la forma de expresión, el mérito o destino de aquellas, ni el procedimiento técnico o los soportes que las contengan. A ellas también se alude como creaciones del intelecto, del ingenio, o del espíritu, y son enumeradas en las leyes en catálogos o listados ejemplificativos, no exhaustivos ni limitativos, sino simplemente enunciativos. 
El conjunto de las obras originarias está constituido, entre otras, por: literarias o escritas (de narrativa, poesía, ensayo científicas, educacionales, periodísticas); orales (conferencias, discursos, lecciones, sermones, comentarios); dramáticas y dramático-musicales; coreográficas y pantomímicas; musicales (con o sin letra); cinematográficas y demás audiovisuales (incluidas las televisivas y radiofónicas); de dibujo, pintura, escultura, grabado, arquitectura; fotográficas (tradicionales o digitales); de artes aplicadas y artesanía artística; ilustraciones, mapas, planos, croquis relativos a la geografía, la topografía, la arquitectura o la ingeniería; de diseño gráfico, escenográfico y otros; y programas de computación.
Por su parte, cuando se alude a obras derivadas, ello se refiere a traducciones, adaptaciones, versiones, compilaciones, antologías, selecciones, arreglos musicales, resúmenes, actualizaciones, bases de datos, y otras. [Para más información dirigirse a la autora en autoresdelmundo@gmail.com]